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Declarar Criptomonedas en España: Guía Real

Puntos clave

  • Vender o permutar tributa; comprar y mantener, no.
  • Cambiar una cripto por otra es una permuta y genera ganancia o pérdida.
  • El modelo 721 se activa a partir de 50.000 euros en el extranjero.
  • Las pérdidas se compensan con ganancias y reducen la factura fiscal.

La confusión más común: no hay mínimo exento

Mucha gente busca a partir de qué cantidad hay que declarar criptomonedas esperando una cifra por debajo de la cual no pasa nada. Esa cifra no existe para las ganancias. Si has vendido con beneficio, ese beneficio es una ganancia patrimonial y va en la declaración de la renta, sean cien euros o cien mil.

Lo que sí tiene umbral es la obligación informativa sobre criptomonedas custodiadas fuera de España, y es un asunto distinto: informar de un saldo no es lo mismo que tributar por una ganancia.

Qué operaciones tributan y cuáles no

El hecho imponible es la transmisión, no la tenencia. Mientras no transmitas, no hay ganancia que declarar por mucho que suba el precio.

Operaciones y su tratamiento
Operación¿Tributa?
Comprar con eurosNo
Mantener, aunque suba muchoNo
Vender a euros con beneficioSí, ganancia patrimonial
Permutar una cripto por otraSí, aunque no toques euros
Pagar bienes o servicios con criptoSí, es una transmisión
Mover entre tus propias carterasNo, no cambia el titular
Recompensas de stakingSí, como rendimiento del capital

La permuta es lo que pilla a todo el mundo

Cambiar bitcoin por ethereum sin pasar por euros es fiscalmente una permuta: transmites un activo y adquieres otro. Se calcula la ganancia o pérdida en euros en ese momento, aunque no haya entrado ni salido dinero de tu banco.

Quien opera activamente entre criptomonedas puede acumular decenas de operaciones gravables en un año sin haber retirado un solo euro. Es el motivo más frecuente de regularizaciones inesperadas.

El modelo 721 y el saldo en el extranjero

Si tus criptomonedas están custodiadas por una plataforma no residente en España y el conjunto supera los 50.000 euros a 31 de diciembre, existe obligación de informar mediante el modelo 721. Es una declaración informativa: no se paga nada por presentarla.

Las criptomonedas en autocustodia — en una cartera cuyas claves controlas tú — quedan fuera de esta obligación, precisamente porque no hay un tercero que las custodie. Es una diferencia práctica relevante entre dejarlas en un exchange y retirarlas.

Las pérdidas también sirven

Las pérdidas patrimoniales se compensan con las ganancias del mismo ejercicio, y el saldo negativo que quede puede arrastrarse a ejercicios siguientes dentro de los límites que marca la ley.

Declarar solo lo que ganaste y omitir lo que perdiste no es prudencia: es pagar de más. Exporta el histórico completo de cada plataforma, no solo las operaciones con beneficio.

Preguntas frecuentes

¿A partir de qué cantidad hay que declarar criptomonedas?

No hay mínimo para las ganancias: cualquier beneficio por venta o permuta se declara en el IRPF. El umbral de 50.000 euros corresponde al modelo 721, que es una obligación informativa sobre saldos custodiados en el extranjero.

¿Tengo que declarar si no he vendido nada?

Por ganancias, no: sin transmisión no hay ganancia. Pero si el saldo custodiado en el extranjero supera los 50.000 euros a 31 de diciembre, sigue existiendo la obligación informativa.

¿Cambiar bitcoin por ethereum tributa?

Sí. Es una permuta y genera ganancia o pérdida patrimonial calculada en euros en el momento del cambio, aunque no hayas pasado por moneda fiat.

¿Qué pasa si no declaro las criptomonedas?

Sanciones y recargos, que aumentan cuanto más tarde se regularice. Las plataformas comunican información cada vez con más alcance dentro de la UE, así que asumir que no se detecta no es una estrategia realista.

¿Los movimientos entre mis propias carteras tributan?

No. No hay cambio de titularidad y por tanto no hay transmisión. Conserva igualmente el registro para poder justificar las fechas y precios de adquisición.